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Los Ingenieros Aeronáuticos, preocupados por el futuro inmediato de la Seguridad Aérea en España

 


A partir del día 28 de Septiembre, ninguno de los Ingenieros Aeronáuticos que están firmando las autorizaciones para que puedan volar los aviones en España, podrá hacerlo por carecer de la nueva “Licencia Europea de Mantenimiento Aeronáutico”. Los aviones podrán volar con una revisión hecha por un Técnico, sin la supervisión de los Ingenieros Aeronáuticos, como lógicamente se venía haciendo hasta ahora.

 
 

Por: Domótica Viva 

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En Noviembre de 2003, la Unión Europea publicó el Reglamento CE 2042/2003 que establece las condiciones que deben cumplir los profesionales que se dedican a esta actividad, y que daba un plazo de 2 años (hasta el 28 de Septiembre de 2005) para que cada estado miembro se adaptase al mismo y concediese las licencias profesionales de acuerdo con dicho Reglamento. La Subdirección General de Control del Transporte de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, tuvo que solicitar a la Unión Europea, la concesión de un plazo adicional de un año, para poder cumplir con esta exigencia, debido a su incapacidad para convertir los títulos y licencias nacionales al sistema común europeo en el periodo de transición establecido.

 



El carné de Ingeniero Aeronáutico colegiado es hasta el momento nuestra licencia de mantenimiento de aeronaves, a partir del día 28 será necesaria una licencia europea emitida por el ministerio de Fomento

A punto de expirar en los próximos días este periodo adicional de conversión, la Dirección General de Aviación Civil, tiene pendiente la tramitación de más de mil solicitudes de profesionales, muchos de ellos Ingenieros Aeronáuticos, que en tiempo y forma solicitaron la nueva licencia europea. A partir del próximo 28 de Septiembre no podrán ejercer sus capacidades profesionales y acreditar que los trabajos de mantenimiento realizados en los aviones españoles dedicados al transporte comercial de pasajeros, cumplen con las normas de seguridad establecidas para todas las compañías aéreas europeas. La Administración española, de esta forma, inhabilita a unos profesionales, con uno de los niveles de formación académica más altos de Europa y con acreditada experiencia, para las actividades relacionadas con el diseño, construcción y mantenimiento de aeronaves.

El Colegio de Ingenieros Aeronáuticos de España (COIAE) expresa su preocupación por que los aviones de nacionalidad española, a partir de la mencionada fecha, puedan operar sin las debidas garantías de seguridad, relativas a su estado técnico, al no disponer de las certificaciones que garanticen su aeronavegabilidad, y que hasta ahora emiten los Ingenieros Aeronáuticos españoles, a quienes no se les ha entregado la mencionada autorización administrativa, tal y como exige la nueva norma europea.

España es el último estado de la Unión Europea en poner en vigor un sistema de aseguramiento de la competencia del personal que realiza trabajos de mantenimiento en los aviones dedicados al transporte comercial de pasajeros.

Como evidencia del funcionamiento de la Dirección General de Aviación Civil, el Colegio de Ingenieros Aeronáuticos de España quiere poner en conocimiento de la opinión pública lo siguiente:

  • La Directiva de la Unión Europea, relativa a la obligatoriedad por parte de las empresas y profesionales del Transporte Aéreo, de notificar incidencias y sucesos que pudiesen afectar a la seguridad aérea, publicada en Junio de 2003, ha sido aplicada en España varios meses después de finalizar el plazo dado a los estados para su entrada en vigor. Los formularios que se deben utilizar para tales notificaciones fueron editados el pasado mes de Mayo 2006, con tres años de retraso.

  • La Directiva de la Unión Europea relativa a la puesta en marcha de inspecciones de aviones de Terceros Países (Estados no pertenecientes a la Unión Europea) tampoco fue adaptada en plazo por la Administración española, a pesar de la sensibilidad social del tema, después de los accidentes sufridos por aeronaves de países que no garantizan la seguridad de sus compañías aéreas.

  • Se ha puesto en marcha un sistema de “inspecciones express” a las aeronaves de compañías nacionales, de forma improvisada, que no cumple los requisitos establecidos, ni con criterios profesionales adecuados, por lo que este sistema esta siendo impugnado por las compañías sujetas a estas inspecciones.

  • Las acciones propias de Inspectores del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, que además de la formación académica y el título que los habilita, han superado una oposición acreditativa de su competencia, han sido desviadas a contrataciones eventuales de la empresa Sociedad Estatal de Enseñanzas Aeronáuticas (SENASA).

El COIAE exige a las Autoridades del Ministerio de Fomento una pronta solución a las reclamaciones planteadas por el colectivo de Ingenieros Aeronáuticos.

Para más información:

Evolución Rueda de Prensa del Decano

COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA (COIAE)

Correo electrónico: info@coiae.com

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

26 de septiembre de 2006

 

 

 

 


 

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